En todas las guerras, el patrimonio cultural ha estado en el punto de mira. Despojar a un pueblo de su patrimonio es despojarlo de su cultura y, por tanto, de su identidad. De ahí su valor dentro del conflicto. En la Guerra Civil española no fue diferente. El gobierno republicano, a través de leyes y decretos, trató de evitar la destrucción del patrimonio artístico por parte de grupos de personas que habían dado rienda suelta a su ira destruyendo iglesias y arte religioso. La Ley del Tesoro Artístico Nacional es todo un hito en la historia de la protección del patrimonio, siendo, según Javier Tusell «una ley progresista e intervencionista y de la que la crítica más grave que puede hacerse es la de no haber sido aplicada en su integridad por Gobiernos posteriores»[1]. Pero, al igual que hubo grupos organizados para saquear el patrimonio de las manos del enemigo, siempre las hubo para salvarlo. Es muy conocido, por ejemplo, el grupo llamado Monuments Men que operó durante la II Guerra Mundial. En España, quizá el caso de operación de salvamento más destacada fue la llevada cabo en el Museo del Prado. Allí, un gran número de personas llenaron camiones de obras de arte para alejarlas de Madrid, en un intento por salvarlas y evitar su robo o destrucción.

Camión dispuesto para transportar al refugio de Valencia obras del Museo del Prado.
Casa Moreno, Archivo de Arte Español. Información artística-Junta Tesoro. Fototeca IPCE.

– La Junta de Incautación y Protección del Tesoro Artístico.

     La Junta del Tesoro Artístico (creada el 23 de julio de 1936 y llamada desde el 2 de agosto Junta de Incautación y Protección del Tesoro Artístico) fue el órgano más importante a la hora de salvaguardar el patrimonio cultural español. Según su artículo 3º, «La Junta procederá a la incautación o conservación, en nombre del Estado, de todas las obras, muebles o inmuebles, de interés artístico, histórico o bibliográfico, que en razón de las anormales circunstancias presentes ofrezcan, a su juicio, peligro de ruina, pérdida o deterioro»[2]. «Los constantes asaltos y despojos que por elementos extremistas se están llevando a cabo contra el Tesoro Nacional» llevaron a la prohibición de la compra-venta de objetos que pudieran tener valor artístico, arqueológico, paleontológico o histórico[3]. Cabe destacar que la intención y el objetivo de la Junta del Tesoro Artístico era proteger, no sólo el patrimonio público, el conservado en las instituciones; sino también las obras pertenecientes a coleccionistas particulares, ya fueran grandes o pequeños.

     La Junta del Tesoro Artístico se instaló en el monasterio de las Descalzas en Madrid y se organizó en Juntas Delegadas formadas por siete vocales, todos miembros de la Alianza de Intelectuales Antifascistas: Ricardo Gutiérrez Abascal, Manuel Sánchez Arcas, Luis Quintanilla, Arturo Serrano Plaja, Carlos Montilla, Emiliano Barral y José Bergamín. En un principio, la idea era llevar las obras al monasterio de las Descalzas para proceder a su catalogación, pero más tarde se solicitó la basílica de San Francisco el Grande como depósito.

Nave central de San Francisco el Grande con los objetos guardados por la Junta. Información artística-Junta Tesoro. Fototeca IPCE.

     El 4 de noviembre Madrid sufrió un gran bombardeo, y el gobierno, tras reunirse, decidió trasladarse a Valencia. Se decretó, además, que el Tesoro Artístico iría donde quisiera que estuviera el gobierno, ya que «sólo puede garantizar la integridad del tesoro mientras lo tenga bajo su control inmediato. No puede abandonarlo en un Madrid convertido en frente de batalla y sometido a previsibles desórdenes, incendios, pillaje y bombardeos. Está obligado a llevárselo»[4]. Sánchez Cantón, subdirector del Museo del Prado por entonces (Picasso era el director, pero no tenía función alguna ya que no había cambiado su residencia en Francia), había elaborado una lista con las 250 obras más importantes del museo, de modo que fueron las primeras en ser protegidas. Éstas fueron guardadas en el sótano y en la rotonda inferior, ya que éstos eran considerados los lugares más seguros del edificio.

     Cuando el gobierno se trasladó finalmente a Valencia, se estableció en Madrid la Junta Delegada de Madrid, con las mismas funciones. Sus objetivos eran tres:

«lograr que la evacuación de obras de arte a Valencia se hiciera en condiciones de plena seguridad, recuperar las que se hallaban en poder de las organizaciones obreras y obtener competencias exclusivas sobre el patrimonio histórico-artístico a fin de recuperar las obras incautadas por las organizaciones obreras, conseguir el control sobre las pertenecientes al Patrimonio de Bienes de la República y eliminar la competencia del Ayuntamiento y de otros organismos estatales»[5].

     El último viaje de obras de arte procedentes de Madrid fue el 3 de enero de 1939, con destino a Cartagena. La Junta del Tesoro Artístico se disolvió por Decreto del 19 de marzo de 1939, ya que “las circunstancias que aconsejaron la creación de una Junta Central del Tesoro Artístico Nacional […] fuerzan actualmente a disponer la supresión de la expresada Junta […], pasando a depender de la Dirección General de Bellas Artes todas sus atribuciones y servicios”[6].

 

– Salvaguarda y protección de las obras de arte.

     Pero ¿cómo funcionaba la incautación? El procedimiento comenzaba cuando se recibía un aviso sobre una obra de arte; entonces se hacía una visita al lugar donde ésta se encontraba. Después, se elaboraba un Parte de Visita, que pasaba a formar parte de un fichero de visitas. Las obras recogidas se registraban en un Acta de Incautación. En ella debía constar, además de la fecha y nombres de quienes llevaban la incautación, el número de orden de los objetos, el tipo de obra, las dimensiones, su atribución (o escuela a la que pertenece) y, si fuera necesario, otras observaciones. Como decía, una vez que las obras eran llevadas a un lugar seguro, se procedía a su catalogación. Esto es muy importante, ya que así se podía hacer un seguimiento de las obras (su traslado y futura devolución a sus propietarios) y se evitaba que las obras se perdieran o fueran sacadas del país por las grandes fortunas.

Acta empleada por la Junta al hacerse cargo de la protección de un objeto artístico, Archivo Junta del Tesoro Artístico, Fototeca IPCE.

     En el caso del traslado de las obras, la Junta Delegada estableció los criterios para llevarlos a cabo, dando prioridad a los autores nacionales. En todo este proceso de incautación y protección del patrimonio, eran necesarias unas medidas eficaces, como la realización de informes sobre el estado de las obras, muchas de ellas en mal estado de conservación y restauradas en el Museo del Prado. Los informes se solían acompañar de fotografías. En el caso específico del Museo del Prado, se establecieron tres categorías para clasificar las pinturas: la primera con las obras de mayor importancia (almacenadas en la sala LVIII), y la segunda y tercera las obras con autoría (almacenadas en las salas LV y LVI). El resto de obras estaban en diferentes situaciones: eran difíciles de clasificar, se iban a fotografiar, eran consideradas de menor calidad o estaban deterioradas[7].

     Las obras de arte incautadas eran llevadas a depósitos para su catalogación y conservación. Dos de los lugares más importantes fueron la Basílica de San Francisco el Grande en Madrid y las Torres de Serranos en Valencia, pero, como vamos a ver, existían muchos más lugares con el mismo fin. En el caso de obras que no pudieran ser transportadas, se cubrían con sacos terreros y estructuras a base de ladrillos, como se hizo con las fuentes de Neptuno, Cibeles y Apolo.

     En Madrid, el primer lugar donde se llevaron las obras fue el Convento de las Descalzas (donde se había instalado la Junta del Tesoro Artístico), pero poco después se trasladaron a la Basílica de San Francisco el Grande. En 1937, este depósito llegó a albergar 50 mil obras de arte, 16 mil de ellas cuadros. Ese mismo año, piezas de la Real Armería y de la Biblioteca de Palacio se trasladaron al Museo del Prado, y las que había en la Basílica de San Francisco se llevaron al Museo Arqueológico. En Madrid también fueron utilizados como depósitos el Museo del Prado, el Museo Arqueológico (que funcionó como depósito hasta el final de la guerra), la Biblioteca Nacional, el Archivo Histórico Municipal, la iglesia de Santa Bárbara, etc.

     Cuando las obras se trasladaron a Valencia se utilizaron como depósito principal las Torres de Serranos y la Iglesia del Colegio del Patriarca. Aunque ambos edificios ya presentaban una estructura sólida se tomaron medidas de precaución adicionales.

     Otro lugar que fue utilizado como depósito de obras de arte fue la Catedral de Murcia[8]. El primer depósito fue el Museo de Bellas Artes, pero, debido a las malas condiciones que había en algunas zonas, las obras incautadas se trasladaron a la catedral. En el primer traslado, el 17 de agosto de 1937, se llevaron obras de Alonso Cano, Pedro de Mena y, sobre todo, de Francisco Salzillo[9]. Se colocaron bajo la torre por ser el lugar más protegido ante un bombardeo.

 

– Devolución de las obras tras la guerra.

     En 1938 se creó el Servicio de Defensa del Patrimonio Nacional (SDPAN), dependiente de la Jefatura Nacional de Bellas Artes. La creación de esta institución, sucesora de la Junta del Tesoro Artístico, venía derivada de «la necesidad de reorganizar el servicio del Patrimonio Artístico Nacional y también de las obras de arte de propiedad particular sometidas a los azares de la guerra, cuando no a la furia destructiva y a la improbidad adquisitiva de […] los gobiernos y otras formas de bandería en que se ha materializado la resistencia roja», según recoge el propio Boletín Oficial del Estado[10]. Los Agentes de Vanguardia eran los militares designados para realizar este trabajo de recuperación. El objetivo del SDPAN era la recuperación y devolución de los bienes incautados por la Junta del Tesoro Artístico, y su objetivo no se dio por cumplido hasta el 29 de abril de 1943.

     El destino de las obras era, o bien sus propietarios, o bien las instituciones, como el caso del Museo del Prado. Pero también, por ejemplo, el Museo Nacional de Artes Decorativas. Allí fue depositada la colección propiedad de José Weissberger (1878-1954), incautada por el SDPAN el 29 de mayo de 1939[11]. En total, y tras dos intervenciones, llegaron al museo 1.861 obras, de las cuales Weissberger consiguió sacar una parte importante del país una vez que su causa quedó archivada. Las 850 piezas que no logró llevarse consigo y quedaron en depósito en el Museo de Artes Decorativos fueron adquiridas oficialmente por el Estado.

     Si bien muchas obras fueron devueltas a las instituciones o a sus propietarios, otras aún están en paradero desconocido. La ubicación actual de muchas obras es desconocida, ya que éstas se entregaron, pero no a sus propietarios. Por ejemplo, la Adoración de los pastores de El Greco, evacuada en febrero de 1939 y propiedad del convento de las Carmelitas de Daimiel (Ciudad Real). Regresó a España en mayo de ese mismo año pero, al parecer, se entregó a alguien diferente a su legítimo dueño[12]. Pero no sólo hablamos de cuadros, sino también de piezas como sortijas, imperdibles o pulseras que fueron entregadas en depósito en la comisaría general del SDPAN y se les perdió la pista.

Adoración de los pastores de El Greco, Daimiel, Ciudad Real. Archivo Vaamonde, Fototeca IPCE.

     La protección y salvaguarda del patrimonio cultural durante la Guerra Civil española fue un inmenso ejercicio de voluntad, organización y, sobre todo, amor por el arte y el patrimonio cultural. Es muy importante recordar que la protección se extendió desde lo público a lo privado. Se intentaba proteger el patrimonio de las instituciones, pero también las grandes colecciones de los nobles y la alta burguesía que se conservaban sobre todo en Madrid. Sin esa importante operativa en la que se etiquetó, fotografió y catalogó de la manera en que se pudo hacer en ese momento (dada la urgencia de la situación), el número de obras perdidas o sacadas al extranjero (y vendidas) habría sido innumerable y no se habría tenido constancia de ello.

NOTAS DEL TEXTO

[1] Tusell, J.: «La ley del Patrimonio de la República se perpetúa», El País, 12 de mayo de 1981.

[2] Gaceta de Madrid, n. 215, 2 de agosto de 1936, p. 999.

[3] Boletín Oficial del Estado, n. 51, 9 de diciembre de 1936, p. 355.

[4] PORLÁN, A. Las cajas españolas: historia del tesoro artístico español en la guerra civil. Madrid: Disco DVDVision, 2013.

[5] ÁLVAREZ LOPERA, J.: «La Junta del Tesoro Artístico de Madrid y la protección del patrimonio en la Guerra Civil», en ARGERICH, I. Y ARA J. (eds.): Arte protegido. Madrid. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2003, p. 39.

[6] Decreto de 19 de marzo de 1939, Gaceta de la República, n. 71, p. 539.

[7] Ara Lázaro, J.: «El Museo del Prado en tiempos de guerra», en Argerich, I. y Ara, J. (eds.): Arte protegido. Madrid. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2003, cit., p. 157.

[8] En Murcia hubo otros depósitos: el Grupo Escolar Baquero y Museo Arqueológico Provincial en Murcia, la casa de la familia Moreno Rocafull (actual Museo Arqueológico Municipal de Lorca) y la Iglesia de Santiago de Jumilla.

[9] MOLINA, J.C., BESTUÉ, I. y GUTIÉRREZ, M. L.: «La Catedral de Murcia como depósito de obras de arte durante la Guerra Civil. 1936-1939», Revista electrónica de Patrimonio Artístico, n. 17, (2015), p. 201.

[10] Boletín Oficial del Estado, n.549, 23 de abril de 1938, p. 6920.

[11] «En el correspondiente parte de visita dejan constancia de su asombro pues el piso parece un verdadero museo de arte». PÉREZ-FLECHA, J.: «El marchante y coleccionista José Weissberger y la incautación y depósito de su colección en el Museo Nacional de Artes Decorativas», Además de, n. 2, (2016), p. 144.

[12] http://pgp.ccinf.es/PGP/#/obra/94

About Post Author

A %d blogueros les gusta esto: